La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) publicó el 23 de octubre el documento "Mejores Prácticas Aplicables a los Reportes de Operaciones Inusuales y Reportes de Operaciones Internas Preocupantes", en adelante "Mejores Prácticas" por que no hay tiempo 😞.
Este documento surge de la colaboración del supervisor con entidades representativas del sector de Sofomes y busca ayudar a las entidades del sector actualicen su metodología de Enfoque Basado en Riesgo (EBR) 🤯 y su manual de prevención de lavado de dinero.
Te dejamos una mini resumen del documento para que sigas disfrutando de la montaña 🗻 o la playa 🏖:
El objetivo del documento es mejorar la calidad de los reportes y que éstos reflejen el análisis realizado por las entidades.
El supervisor plantea una propuesta de mejora, enfocándose en elementos de análisis como:
Conocimiento del cliente o usuario y su perfil transaccional.
Información del producto.
Alerta generada, pre-análisis, análisis, determinación y contexto.
Gestiones de la entidad en las etapas de análisis.
Determinación de inusualidad.
El documento indica supuestos (indicativos más no limitativos) para reportes de operaciones sospechosas, estos se basan en:
Reportes de operaciones con operativa: se identifica un conjunto de operaciones inusuales de un cliente o usuario.
Reportes de operaciones sin operativa: clientes o usuarios sin operativa o con cuenta inactiva (ej. sin conjunto de operaciones, impacto reputacional, coincidencia en listas).
Tentativa de operación: supuestos donde no es necesaria una relación comercial u operación (ej. negación de identificación, soborno, persuasión, intimidación).
Estos son independientes a los supuestos en los que se deba enviar un reporte urgente de 24 horas.
Tienes 30 días naturales a partir del 23 de octubre para informar al comité de tu entidad la adopción de las mejores prácticas; en caso de no contar con comité, el oficial de cumplimiento dará la aprobación y adopción correspondiente. Dentro de los 3 días hábiles siguientes a la fecha de aprobación, tu entidad debe notificar la adopción a la CNBV. 😨
Contáctanos para asesoría sobre este requerimiento y contrata tu póliza con los servicios de (i) implementación de riesgos y (ii) actualización del manual de prevención de lavado de dinero, que ya contemplan el documento de buenas prácticas de la CNBV.
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